miércoles, 30 de noviembre de 2016

NOTA DE PRENSA
Reclamación estimada: los Enfermeros Especialistas por la vía excepcional pueden acceder a los estudios de Doctorado en la Universidad de Murcia.

✓ El Presidente de la Asociación Murciana de Especialistas en Enfermería del Trabajo AMURET Don Enrique Mirabet Segura reclamó su rechazo en el proceso de preinscripción de estudios de doctorado de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Murcia.
✓ La resolución del Director de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Murcia estima que el Título de Enfermero Especialista obtenido por la vía excepcional es suficiente para poder acceder a los estudios de doctorado, pudiendo dichos Enfermeros Especialistas solicitar su preinscripción en los estudios de doctorado de la Universidad de Murcia.
✓ El Decano de la Facultad de Enfermería dela Universidad de Murcia Profesor Doctor Don David Armero Barranco ha apoyado y asesorado en esta reclamación, entendiendo el agravio comparativo que suponía e instando a que se realizara dicha reclamación de forma oficial.

La Facultad de Enfermería de la Universidad de Murcia ha colaborado en la reclamación llevada a cabo por Don Enrique Mirabet Segura relativa al rechazo de su preinscripción en los estudios de doctorado de la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad de Murcia en el curso académico 2016/2017 de conformidad a lo establecido en la R-465/2016, de 15 de junio de 2016.
Las Normas e Instrucciones de Admisión y Matricula en Estudios oficiales de Doctorado para el curso 2016/2017 no contemplaban que aquellos profesionales de Enfermería que han obtenido el Título de Enfermero Especialista por la vía excepcional pudieran acceder a dichos estudios de doctorado.
Don Enrique Mirabet Segura que es el Presidente Fundadorde la Asociación Murciana de Especialistas en Enfermería del Trabajo, con el apoyo y colaboración del Decano de la Facultad de Enfermería de la Universidad de Murcia hanconseguido se estime la reclamación al proceso de preinscripción de dicho Enfermero Especialista. Aunque dicho título de Enfermero Especialista no lo haya obtenido por la vía Enfermero Interno Residente (E.I.R.) en una Unidad Docente acreditada, pero la obtención del mismo fue acorde a la disposición transitoria tercera Régimen especial de acceso al título de Especialista en Enfermería del Trabajo del Real Decreto 450/2005, de 22 de Abril, sobre especialidades de Enfermería, siendo esta situación muy anterior al desarrollo de:
El Real Decreto 99/2011, de 28 de Enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
El Real Decreto 183/2008, de 8 de Febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades de Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
La Orden SAS 1348/2009, de 6 de Mayo, por la que se aprueba y publica el programa formativo de la especialidad de Enfermería del Trabajo.
La primera convocatoria por la vía E.I.R. por medio de la Orden SAS 2511/2009, de 14 de septiembre, por la que se convoca prueba selectiva 2009, para el acceso en el 2010 a plazas de formación de las especialidades de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona), de Enfermería de Salud Mental y de Enfermería del Trabajo.
La Asociación Murciana de Especialistas en Enfermería del Trabajo (AMURET) y la Facultad de Enfermería de la Universidad de Murcia felicita por este logro a este profesional afectado y se congratulan de que sin duda beneficiará a las compañeras y compañeros Especialistas que obtuvieron su título por la vía excepcional.
Agradecen igualmente a la Universidad de Murcia por haber tenido en cuenta esta reclamación y haber estimado que el título de especialista por la vía excepcional es suficiente para acceder a los estudios de doctorado.

Murcia, 29 de noviembre de 2016.

lunes, 6 de junio de 2016

LOS MÁSTERES DE SALUD LABORAL PARA ENFERMERÍA NO HABILITAN PARA EJERCER COMO ENFERMERO DEL TRABAJO

Estimad@s Compañer@s

El motivo de mandarles el presente email es para manteneros informados de las acciones que hemos realizado desde esta Asociación/Sociedad Científica en relación al Máster de Salud laboral para Enfermería.

Una vez más hemos expresado nuestro más sentido malestar por los comentarios, informaciones y consultas que nos están llegando desde profesionales enfermeros murcianos, que nos consultan sobre si al realizar el Máster de Salud Laboral para Enfermería van a poder trabajar en los Servicios de Prevención, y Ámbitos de actuación exclusivos, como Enfermeros Especialistas en Enfermería del Trabajo y realizar las actividades y competencias de los Enfermeros Especialistas en Enfermería del Trabajo. Al parecer las informaciones que les están haciendo llegar es que sí se les permite trabajar en los Servicios de Salud Laboral de las Empresas, Servicios de Prevención y demás Unidades exclusivas del ámbito y competencia de dichos Especialistas.

Todos conocemos las Leyes, Reales Decretos, etc (Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias, Ley de Especialidades de Enfermería, Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto de Reglamento de los Servicios de Prevención). El 9 de Octubre de 2015 salió publicado el RD 901/2015 que modificó el RD 843/2011 y pongo la literal de lo modificado "Podrán participar en el servicio sanitario otros médicos o enfermeros especialistas en posesión del título oficial, en función de la capacitación asociada a su especialidad o disciplina, cuyo tiempo de trabajo contará a efectos de dotación de recursos de los servicios sanitarios del servicio de prevención."

"«3. El número de profesionales sanitarios y su horario será adecuado a las características de la población trabajadora a vigilar y a los riesgos existentes. Se considera una Unidad Básica Sanitaria (UBS) la constituida por un médico del trabajo o de empresa y un enfermero de empresa o del trabajo, a jornada completa. La dotación mínima de profesionales sanitarios será la siguiente".

Queda claro SOLO PODRÁN PARTICIPAR ENFERMEROS ESPECIALISTAS EN POSESIONES DEL TÍTULO OFICIAL no permitiéndose que otros enfermeros NO especialistas puedan participar como es el caso de aquellos enfermeros que realizan el Máster, y menos usurpar nuestras competencias haciendo intrusismo.

Por otro lado, nos comentan que no hay Enfermeros Especialistas para dar cobertura a la oferta laboral. En este punto les recuerdo que si los hay tanto en paro y / o en situación de ser contratados en régimen de pluriempleo. Actualmente tanto los Enfermeros de Empresa como los Especialistas en Enfermería del Trabajo pueden trabajar y acreditar EN EXCLUSIVA en los Servicios que la Orden SAS 1348/2009 dice que es nuestro ámbito de Actuación:

"a) Servicios de prevención de riesgos laborales en sus distintas modalidades.
 b) Servicios de prevención/servicios médicos de empresa/unidades relacionadas con un medio laboral concreto (aeroespacial, subacuático, marítimo, deportivo, de inspección, educativo….).
 c) Centros sanitarios, servicios, unidades, instituciones de las administraciones públicas y cualquier otra entidad pública o privada con competencias en prevención de riesgos laborales/salud laboral.
 d) Gabinetes de salud laboral en las administraciones públicas.
 e) Centros de docencia e investigación en salud laboral y enfermería del Trabajo.
 f) Servicios de salud medioambiental."

Por todo lo anteriormente expuesto hemos solicitado amparo a nuestro Colegio a Profesional de Enfermería (COEMUR) y le instamos a que provea todas las medida y acciones que estés que esté en su mano tanto al Consejo General de Enfermería, Comisión Nacional de la Especialidad, Ministerio de Sanidad, Ministerio de Educación, Consejo de Universidades y Dirección General de Ordenación de Profesiones Sanitarias.

Hoy el Colegio Oficial de Enfermería de la Región de Murcia ha publicado un comunicado en defensa de nuestra especialidad. os pongo el enlace y adjunto el documento en el presente email para vuestro conocimiento, información y difusión


Desde el año 2012 hemos realizado las pertinentes gestiones para evitar esta situación junto con la inestimable colaboración y ayuda de la Asociación Nacional de Enfermería del Trabajo (AET) y la Federación Española de Asociaciones de Enfermería del Trabajo (FEDEET)en la que no sólo hemos defendido nuestra Especialidad, sino de la Seguridad de los usuarios a los que prestamos los servicios profesionales especialistas que redundarán en la mejora de la #CulturaPreventiva y de la la Salud Laboral

Sin otro particular y agradeciendo de antemano su atención 
Un saludo

ENRIQUE MIRABET SEGURA
Presidente de AMURET

miércoles, 13 de abril de 2016

AMURET visita el CEDIT (Centro de Desarrollo e Investigación Tecnológica) de la UPCT

Hoy hemos estado en el CEDIT (Centro de Desarrollo e Innovación Tecnológica) de la Universidad Politécnica de Cartagena invitados por el Diputado Regional del Grupo Parlamentario PODEMOS D. Andrés Pedreño.


En dicha visita hemos estado acompañados por el Director General de Relaciones Laborales D. Leopoldo Navarro Qulies y la Directora del Instituto de Seguridad y Salud Laboral de la Región de Murcia Dña. María Ángeles Villanueva a los que agradecemos su presencia y la oportunidad de conocerlos personalmente.



Ha sido un honor para esta Asociación/Sociedad Científica comprobar el trabajo que realizan estos expertos de la UPCT en materia de Seguridad y Salud Laboral.



Desde el Sistema de Protección para vuelcos de tractor sin cabina, que haría más segura la labor del agricultor, a proyectos muy interesantes en materia de seguridad en máquinas, en las que tiene expuestas partes móviles y de difícil protección por parte del proceso productivo.



En concreto el proyecto de células de infrarrojos en vez de células fotoeléctricas que distinguen entre lo que sería una parte humana y material inerte para el paro de emergencia automático de dicha máquina.



Otro aspecto a destacar es la tecnología informática de realidad virtual 3D que están empleando en el simulador. Consideramos que puede ser una herramienta muy importante en formación, investigación e innovación.



Por último destacar la profesionalidad de cada uno de los técnicos, expertos e incluso estudiantes que desarrollan su proyecto fin de grado y de máster en materia de seguridad y salud laboral. Seguro que esta sociedad sabrá en un futuro agradeceros vuestro esfuerzo por hacer #CulturaPreventiva.






miércoles, 30 de marzo de 2016

Revisión de Criterios para Auditar la Actividad Sanitaria de los SPP (Servicios de Prevención Propios).


Revisión de Criterios para Auditar la Actividad Sanitaria de los SPP (Servicios de Prevención Propios).
Es un Trabajo Fin de Máster del año 2014 de la Universidad de Oviedo y en él hace un buen análisis comparativo entre las diferentes CCAA en materia legislativa. Aunque no recoge las últimas actualizaciones del RD 843/2011 tales como el RD 899/2015 y el RD 901/2015, está muy bien elaborada y supone un muy buen documento del que podemos sacar varias conclusiones que nos afecta en la Región de Murcia:
- En la Región de Murcia no se ha elaborado legislación específica como en otras CCAA al respecto de la Actividad Sanitaria de los SSPP (Propios, Ajenos y Mancomunados) véase la pág. 22 de dicho trabajo.
- En algunas CC.AA se ha legislado mejorando las ratios en cuanto a dotación de RRHH y materiales en la Actividad Sanitaria 1 Unidad Básica de Salud de 0 a 1000 trabajadores antes del RD 843/2011 (Asturias, Canarias, Extremadura, Galicia, Navarra, País vasco y Valencia), véase la pág 23.
- En la Región de Murcia y más en concreto en la Función Pública habría que analizar si se cumplen los requisitos legales de creación de la Unidades Básicas de Salud por la cual se ejerce la disciplina preventiva de Salud Laboral del RD 39/1997 de reglamento de Servicios de Prevención.

domingo, 31 de enero de 2016

Guía de Bioseguridad para Profesionales Sanitarios

Ponemos en su conocimiento que ha salido publicada la Guía de Bioseguridad para profesionales sanitarios del Ministerio de Sanidad y Servicios Sociales.

Estamos muy sorprendidos ya que ninguna de las Asociaciones/Sociedades Científicas de Enfermería del Trabajo a nivel Nacional y/o Autonómica hayan sido consultadas e invitadas a participar en una cuestión, que desde AMURET consideramos, muy propia de Enfermería.


Es el momento de hacer de nuestra profesión y de nuestra Especialidad más visible y conseguir que seamos un referente real, consultivo y participativo en todas las líneas de trabajo en materia de Salud Laboral por parte de las Administraciones Públicas, Organizaciones Empresariales y Sindicales, entre otras.

Aprovecho este correo para invitarle a realizar una profunda reflexión sobre el tema y emplazarle a trabajar en la misma línea para conseguir ocupar nuestro sitio.

Un saludo.

Enrique Mirabet Segura
PRESIDENTE DE AMURET

lunes, 28 de diciembre de 2015

COMUNICADO AMURET - PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

Buenos días a tod@s,

Os hago llegar los enlaces del Boletín Oficial del Estado del 23 de Diciembre de 2015 en el que ha salido la Prescripción Enfermera y una modificación (corrección de errores) de la Ley del Medicamento:
​- ​
Real Decreto 954/2015 de 23 de octubre por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros


​- ​
Corrección de errores del Real Decreto Legislativo 1/2015 de 24 de julio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios



​Queremos manifestar nuestro más profundo rechazo al sistema de acreditación de competencias para conseguir la "capacidad prescriptora/indicadora" basada en una formación adicional en farmacología (uso e indicación de medicamentos) ​de 360 horas. ¡Si, repito 360 horas! (
​Al ser Especialistas debemos formarnos el doble que los Enfermeros para poder indicar el mismo medicamento).​

Por nuestra parte consideramos que ya tenemos esas competencias adquiridas al aprobar para la obtención del título de Diplomado en Enfermería y Graduado en Enfermería un número de créditos en la Asignatura de farmacología similar al del resto de profesiones sanitarias que tienen capacidad prescriptora, véase Odontología y Podología.

​Emplazamos a todas las Asociaciones Provinciales, Regionales y Nacionales a manifestarse en este sentido y sumarse esta causa​.



Sin otro particular, recibid un cordial saludo

Enrique Mirabet Segura

Presidente de AMURET

martes, 8 de diciembre de 2015

COMUNICADO OFICIAL AMURET 7/12/15

Buenos días,

Queremos expresar nuestro malestar con el Sr. Consejero de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, D. Juan Hernández Albarracín, por llevar iniciativas en materia de Prevención de Riesgos Laborales en nombre de todas las Asociaciones sin contar con ellas, en concreto la nuestra.

Recordarle que somos una Asociación/Sociedad Científica correctamente Registrada y representante de los Enfermeros Especialistas en Enfermería del Trabajo en la Región de Murcia.

Somos PROFESIONALES que trabajamos en, para y por la PRL, Hacemos de nuestras competencias profesionales día a día la #CulturaPreventiva.



Sin otro particular y agradeciendo de antemano la atención recibida, aprovechamos la ocasión para mandar un cordial saludo.

Enrique Mirabet Segura
Presidente de AMURET

C/ Cayuelas, 2, Entresuelo. 30009 Murcia.
Inscripción Registro de Asociaciones nº 11.097/1ª